Mandato
La Secretaría comunica con un punto de contacto oficial (OCP) de una Parte sobre cuestiones oficiales, tales como:
- Avisos relativos a la participación en las reuniones de la Conferencia de las Partes;
- Circulación de los informes de esas reuniones;
- Propuestas para la inscripción de productos químicos al Anexo III del Convenio;
- La inclusión en el procedimiento de CFP;
- Nombramiento de los expertos a los órganos subsidiarios, como el Comité de Examen de Productos Químicos.
Frecuencia
Las Partes deben comunicar a la Secretaría el nombre y la dirección de dichos puntos de contacto oficiales tan pronto como sea posible. Cualquier cambio se notificará también a la Secretaría.
La transmisión rápida de esta información contribuye a una transmisión eficaz de la información hacia, desde y entre las Partes, así como a otras partes interesadas (según el caso), en relación con el Convenio.
Formato
La Conferencia de las Partes adoptó un formulario armonizado para la notificación de los contactos a la Secretaría, incluyendo toda modificación o adición a medida que surjan. Este formulario también fue presentado y aprobado por la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea y por la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo. El formulario ha sido armonizado y puede ser utilizado para transmitir la información referente a los puntos de contacto designados de conformidad con las disposiciones de los Convenios de Basilea, Rotterdam y / o de Estocolmo. Con este formulario se pretende facilitar la transmisión de información a la Secretaría dentro del respeto de la autonomía jurídica de cada convenio.
Este formulario está disponible en los seis idiomas oficiales de las Naciones Unidas y se puede descargar en inglés, francés o español.
Procedimientos y procesos de la Secretaría
Se ruega a las Partes que envíen a la Secretaría el formulario debidamente cumplimentado por correo electrónico (contacts@brsmeas.org). Es importante señalar que no se considerarán las autodesignaciones.
El formulario debe ser completado por una entidad debidamente autorizada por el Gobierno para comunicar dicha información a la Secretaría, como la misión permanente ante las Naciones Unidas o el Ministerio de Asuntos Exteriores. La información transmitida se incluirá en los registros oficiales de la Secretaría, así como en el sitio web del Convenio de Rotterdam (www.pic.int), como puntos de contacto oficiales designados oficialmente para Convenio de Rotterdam.
Lista de puntos de contacto oficiales:
Presione aquí para acceder a la lista de puntos de contacto oficiales designados.