El PNUMA y la FAO dieron aplicación conjuntamente al procedimiento fundamentado previo (CFP) original, el cual operó hasta la aprobación del Convenio de Rotterdam por la Conferencia de Plenipotenciarios del Convenio sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo original aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, el 10 de septiembre de 1998.
La Conferencia de Plenipotenciarios aprobó una resolución sobre arreglos provisionales que cambió el procedimiento de consentimiento fundamentado previo (CFP) original en procedimiento voluntario provisional de CFP. También se decidió que el procedimiento de CFP provisional cesaría de funcionar en una fecha determinada por la Conferencia de las Partes en su primera reunión.
Durante su primera reunión la Conferencia de las Partes dispuso mediante la decisión 1/13 que el procedimiento provisional de consentimiento fundamentado previo, establecido el 24 de febrero de 2004, cesaría de funcionar el 24 de febrero de 2006.