Reunión consultiva subregional de autoridades nacionales designadas sobre el kit de herramientas de evaluación para medida reglamentaria firme y otros enfoques con arreglo al Convenio de Rotterdam

Tiflis, Georgia - 21 al 23 de febrero de 2018

Lugar : LEPL -Centro de Información y Educación Ambiental, Tiflis, Georgia

Aspectos importantes : El Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional establece un mecanismo internacional para reglamentar el comercio de los plaguicidas y productos químicos industriales incluidos en su anexo III. La inclusión de los productos químicos en el anexo III se realiza sobre la base de las notificaciones de las medidas reglamentarias firmes presentadas por las Partes en el ámbito del Convenio de Rotterdam que los han prohibido o restringido rigurosamente por motivos relacionados con la salud o el medio ambiente.

Algunos países en desarrollo tienen una capacidad muy limitada para llevar a cabo evaluaciones de riesgos y otras evaluaciones conexas para adoptar decisiones científicamente fundamentadas sobre los productos químicos peligrosos. Por ello, las notificaciones en el marco del Convenio parecen disminuir tanto en cuanto a la cantidad como al cumplimiento de los criterios establecidos en el anexo I y el anexo II del Convenio.

Más de 200 productos químicos con notificaciones de acciones reglamentarias firmes presentadas por Partes de una sola región CFP están en espera de que se presente una segunda notificación de otra región PIC diferente para que el Comité de Examen de Productos Químicos (CEPQ) del Convenio de Rotterdam pueda proceder a examinarlos. Además, en la Secretaría se dispone de evaluaciones de riesgos y literatura científica sobre productos químicos que cumplen los criterios del anexo II y los que ya figuran en el anexo III. También existe literatura científica sobre los productos químicos que ha examinado el Comité de Examen de COP del Convenio de Estocolmo.

Para que una Parte cumpla con las obligaciones relativas a la importación de productos químicos enumerados en el anexo III, tiene que adoptar una decisión nacional sobre las futuras importaciones de aquellos productos químicos que son motivo de preocupación en cuanto a la aplicación de las disposiciones del párrafo 2 del artículo 10 del Convenio. Esta decisión constituye un examen de la medida de gestión de riesgos en vigor respecto a los productos químicos del anexo III en las condiciones locales, y precisa que las Partes sean capaces de evaluar los riesgos y de adoptar medidas de gestión de riesgos que incluyan las futuras importaciones de los productos químicos enumerados en el anexo III.

La Secretaría, en consulta con algunos expertos del CEPQ y con las autoridades nacionales designadas, elaboró un kit de herramientas en línea para la evaluación de medidas reglamentarias firmes con el propósito de apoyar y mejorar los esfuerzos de las autoridades nacionales designadas, en especial de los países en desarrollo, para facilitar la adopción de decisiones científicamente fundamentadas y la presentación de las notificaciones de medidas reglamentarias firmes.

El fácil acceso a los recursos de información y la orientación técnica que permita a las autoridades nacionales designadas realizar un examen de los productos químicos para que puedan adoptar medidas reglamentarias y aplicar enfoques pragmáticos para tomar en consideración información científicamente fundamentada para la apreciación y la evaluación de los riesgos de los productos químicos. Los participantes también dispondrán de otros recursos, como el Kit de herramientas de productos químicos industriales, el IOMC Toolbox para la toma de decisiones en la gestión de productos químicos y el Kit de herramientas de evaluación de riesgos para la salud humana de la OMS.

Se están planeando tres reuniones consultivas subregionales utilizando los fondos provenientes de la Comisión Europea para los países CILSS de África Occidental; en Europa del Este, y en la región del GRULAC, con AND de 21 países para fortalecer las capacidades y las capacidades para cumplir con sus obligaciones en virtud del Convenio y para proporcionar orientación sobre productos químicos prioritarios de interés nacional sobre la base de información científica preliminar para acciones de seguimiento a nivel nacional hacia la acción reglamentaria final y la notificación en virtud del Convenio El título del proyecto es: "Aumento de las notificaciones de FRA: promoción de un kit de herramientas de evaluación de FRA actualizado con ADN de países seleccionados".

Idioma de trabajo : inglés

Organizadores : La reunión es organizada por la Secretaría de los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo, en cooperación con el Ministerio de Protección Ambiental y Agricultura de Georgia y el LEPL-Centro de Información y Educación Ambiental, Tiflis, Georgia.

El financiamiento para la reunión fue amablemente proporcionado por la Unión Europea.

Objetivos de la reunión :

  • Proporcionar orientación para la recopilación y análisis de información científica y técnica sobre productos químicos peligrosos en el ámbito del Convenio de Rotterdam;
  • Crear conciencia sobre el procedimiento de CFP y facilitar la adopción de decisiones nacionales sobre nuevos productos químicos incluidos en los anexos;
  • Facilitar el fortalecimiento de las estructuras y mecanismos nacionales de cooperación y coordinación existentes para la gestión sostenible de los productos químicos de manera integrada;
  • Priorizar productos químicos que causan preocupación a nivel nacional en cuanto a los riesgos para la salud y el medio ambiente y el estudio de medidas reglamentarias firmes, facilitando un acceso eficaz a la información mediante el kit de herramientas de evaluación para medidas reglamentarias firmes y otras herramientas pertinentes;
  • Ayudar a determinar las brechas existentes en cuanto a la información sobre exposición y demás informaciones relativas al contexto local sobre productos químicos prioritarios en la adopción de decisiones a nivel nacional;
  • Proporcionar orientación sobre los sistemas de recopilación de datos necesarios para la vigilancia y el seguimiento, la evaluación de riesgos y la gestión de productos químicos peligrosos;
  • Ayudar a recopilar la información en el formulario de notificación de medida reglamentaria firme para su presentación conforme a lo establecido en el Convenio.

Público destinatario : Las autoridades nacionales designadas (AND) en el ámbito de los plaguicidas y productos químicos industriales de Armenia, Georgia, Serbia y Rusia, incluyendo funcionarios científicos y técnicos estrechamente vinculados con la toma de decisiones de las medidas reglamentarias firmes de cada país.

Documentos de la reunión

 

Document symbolTitleEnglish
Items: 2  
UNEP/FAO/RC/FRAET.5/1Provisional agenda259.5 K 135.03 K
UNEP/FAO/RC/FRAET.5/2Meeting Report561 K

Información de contacto

Para cuestiones relacionadas con el taller, tenga a bien establecer contacto con Alexander Mangwiro: alexander.mangwiro@brsmeas.org.