La 19ª reunión del Comité de Examen de Productos Químicos está abierta a:
- Las Partes en el Convenio de Rotterdam que deben ser tratadas como observadores de conformidad con el Reglamento de las Conferencia de las Partes con el propósito de participar en el Comité; y
- los observadores, de conformidad con el Reglamento de la Conferencia de las Partes.
(Referencia: párrafo 12 de los Términos de Referencia del Comité de Examen de Productos Químicos; Artículo 7 del Reglamento de la Conferencia de las Partes)
Para participar en la 19ª reunión del Comité de Examen de Productos Químicos como observadores:
- Los representantes de las Partes en el Convenio de Rotterdam; las Naciones Unidas y sus organismos especializados; Agencia Internacional de Energía Atómica; cualquier Estado que no sea parte en el Convenio; o de los órganos u organismos que ya han sido admitidos como observadores en el Convenio de Rotterdam:
- Los representantes de órganos u organismos que no hayan asistido previamente a una reunión de la Conferencia de las Partes del o de los órganos subsidiarios:
- Para solicitar la condición de observador, los órganos y organismos tienen que rellenar el formulario de solicitud y enviarlo a la Secretaría yvonne.ewang-sanvincent@un.org no a más tardar el 25 de agosto de 2023.
- La siguiente información debe ser proporcionada completando el formulario de solicitud con:
- 1. La información que describe el órgano u organismo;
- 2. Información sobre la afiliación del órgano u organismo con las organizaciones o instituciones no gubernamentales;
- 3. La información sobre los programas y actividades llevadas a cabo por el órgano u organismo / su calificación en los asuntos cubiertos por el Convenio de Rotterdam;
- 4. Descripción de cualquier red o sistema relativos a los miembros.
Tras recibir la confirmación de la Secretaría que el órgano u organismo cumple con los requisitos pertinentes, cada representante deberá enviar a la Secretaría por correo electrónico según instrucciones mencionadas más arriba, el formulario de inscripción para los observadores antes del 8 de septiembre de 2023 (ver primer punto).
El procedimiento de admisión de observadores no se aplica a los observadores de las Partes en el Convenio ni a los observadores de las Naciones Unidas y sus organismos especializados; la Agencia Internacional de Energía Atómica; cualquier Estado que no sea Parte en el Convenio de Rotterdam; así como el Fondo para el Medio Ambiente Mundial. Los representantes de las Partes y esos órganos pueden presentar el formulario de inscripción como se indica más arriba.