Información para la admisión de observadores

La 15ª reunión del Comité de Examen de Productos Químicos está abierta a:

Para participar en la 15ª reunión del Comité de Examen de Productos Químicos como observadores:

  • Los representantes de las Partes en el Convenio de Rotterdam; las Naciones Unidas y sus organismos especializados; Agencia Internacional de Energía Atómica; cualquier Estado que no sea parte en el Convenio; o de los órganos u organismos que ya han sido admitidos como observadores en el Convenio de Rotterdam: Sírvase contactar la Sra. Stéphanie Cadet (stephanie.cadet@brsmeas.org) para recibir el formulario de inscripción para observadores y enviarlo antes del 6 de septiembre de 2019 por correo electrónico.
  • Los representantes de órganos u organismos que no hayan asistido previamente a una reunión de la Conferencia de las Partes del o de los órganos subsidiarios:
    • Para solicitar la condición de observador, los órganos y organismos tienen que rellenar el formulario de solicitud y enviarlo a la Secretaría (brs@brsmeas.org) a más tardar el 30 de agosto de 2019.
    • La siguiente información debe ser proporcionada completando el formulario de solicitud con:
      1. La información que describe el órgano u organismo;
      2. Información sobre la afiliación del órgano u organismo con las organizaciones o instituciones no gubernamentales;
      3. La información sobre los programas y actividades llevadas a cabo por el órgano u organismo / su calificación en los asuntos cubiertos por el Convenio de Rotterdam;
      4. Descripción de cualquier red o sistema relativos a los miembros.

Tras recibir la confirmación de la Secretaría que el órgano u organismo cumple con los requisitos pertinentes, cada representante deberá enviar a la Secretaría por correo electrónico según instrucciones mencionadas más arriba, el formulario de inscripción para los observadores antes del 6 de septiembre de 2019 (ver primer punto).

El procedimiento de admisión de observadores no se aplica a los observadores de las Partes en el Convenio ni a los observadores de las Naciones Unidas y sus organismos especializados; la Agencia Internacional de Energía Atómica; cualquier Estado que no sea Parte en el Convenio de Rotterdam; así como el Fondo para el Medio Ambiente Mundial. Los representantes de esas Partes y órganos pueden presentar el formulario de inscripción como se indica más arriba.

Más información sobre el procedimiento para la admisión de observadores está disponible aquí.