Los 22 y 23 de junio de 2017, en paralelo a la sesión de junio del Consejo de Derechos Humanos, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos y el medio ambiente, el profesor John Knox, llevo consultaciones sobre derechos del niño y el medioambiente, en relación con su próximo informe al Consejo de Derechos Humanos, a las cuales la Secretaría BRS participo. Estas consultaciones fueron organizadas por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (OACDH), UNICEF y Terre des Hommes.
Los derechos humanos implican obligaciones específicas sobre los Estados en cuanto a las personas las más vulnerables frente al daño medio ambiental, en particular a los niños; los Convenios de Basilea, Róterdam y Estocolmo tienen como objetivos comunes “la protección de la salud humana y del medio ambiente” contra los efectos nefastas de los productos químicos y desechos peligrosos. Estos objetivos son de mayor importancia pues la Organización mundial de la salud, en sus informes de 2017, consto de 5.9 millones de niños fallecidos por año, cuyos 26 % por razones vinculadas al medio ambiente, incluyendo la gestión no ecológicamente racional de los productos químicos y desechos peligrosos. La contaminación del aire por si sola es responsable del fallecimiento de 570.000 niños de menos de 5 años de edad cada ano. Un medio ambiente que no es sano tiene repercusiones sobre el disfruto de muchos derechos humanos fundamentales, los cuales figuran desde hace mucho tiempo en instrumentos jurídicos de las Naciones Unidas esenciales, que sean la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, los Pactos Internacionales de 1966 de Derechos Civiles y Políticos, por una parte, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, por otra parte, el Convenio de los Derechos del Niño de 1992, etc.: estos derechos incluyen el derecho a la vida, a la salud y al desarrollo, y muchos otros derechos como los derechos al alojamiento, a la alimentación, al agua, etc. El cambio climático, tal como el mal manejo de los productos químicos y desechos peligrosos, constituyen una amenaza a la realización de muchos o casi todos de los derechos reconocidos en el Convenio de los Derechos del Niño de 1992. Este Convenio fue negociado mucho tiempo después del advenimiento del movimiento medio ambiental, y consta ahora de 191 Partes; sin embargo, es uno de los pocos, dentro de los instrumentos jurídicos sobre derechos humanos, que requiere explícitamente de parte de los Estados, la adopción de medidas para proteger el medio ambiente para los niños. En efecto, la amenaza de un daño medio ambiental afecta más a los niños de hoy, y asimismo, de las generaciones futuras.
Para más informaciones:
https://www.ohchr.org/SP/Issues/Environment/SREnvironment/Pages/SRenvironmentIndex.aspx