Entrevista de Charlie Avis, Oficial de Información al Público de BRS, a Yun Zhou, Oficial Técnico de la Secretaría del Convenio de Rotterdam en la FAO, Roma
Charlie Avis (CA): Buenos días, Yun, ustedes deben de estar muy atareadas actualmente con la labor de dar seguimiento a la reciente reunión del CEPQ, gracias por venir. La primera pregunta que le quisiera hacer es: ¿qué papel desempeña exactamente este órgano científico subsidiario en el trabajo del Convenio?
Yun Zhou (YZ): Buenos días, Charlie, y muchas gracias. Sí, efectivamente, estamos todos muy atareados en aprovechar los resultados de tan exitosa reunión. El CEPQ – o sea, el Comité de Examen de Productos Químicos, para mencionar su nombre completo – está formado por 31 expertos en la gestión de productos químicos que fueron designados por la Conferencia de las Partes en el Convenio de Rotterdam y que son los responsables de realizar el examen científico de los productos químicos propuestos para su inclusión. Sobre la base de las recomendaciones del Comité, la Conferencia de las Partes adopta una decisión final en cuanto a incluir un producto químico en el anexo III del Convenio.
CA: Entonces, en realidad el Comité prepara el camino para las decisiones que deberán adoptar las Partes en su Conferencia, momento en que estas decisiones se hacen vinculantes. Dígame, por favor, qué decisiones ha adoptado el Comité hasta el momento.
YZ: En su décima reunión, el CEPQ adoptó decisiones en cuanto a recomendar la inclusión de las parafinas cloradas de cadena corta y de los compuestos de tributilo de estaño en el anexo III del Convenio como productos químicos industriales. Luego, el Comité elaboró proyectos de documentos de orientación para la toma de decisiones sobre estos productos químicos y los aprobó en su 11ª reunión. El Comité también convino en que al menos dos notificaciones de medidas reglamentarias firmes de dos regiones del CFP para el carbofurano y el carbosulfán reunían los criterios establecidos en el anexo II del Convenio, y por ello recomendó la inclusión de estos productos químicos como plaguicidas en el anexo III del Convenio. El Comité elaborará proyectos de documentos de orientación para la toma de decisiones y los someterá a consideración en su próxima reunión en septiembre de 2016.
CA: Con respecto a los dos plaguicidas que usted menciona, el carbosulfán y el carbofurano, ¿pudiera darme una idea de los usos que se les ha dado y en qué partes del mundo?
YZ: Por supuesto. El carbofurano y el carbosulfán se utilizan para el control de plagas en una amplia variedad de cultivos agrícolas. Para solamente mencionar algunos ejemplos, en la Unión Europea el carbofurano se utilizaba para el control de insectos de los terrenos donde se cultiva maíz, remolacha azucarera y girasoles. En Canadá se utilizaba en el girasol, el maíz, la remolacha azucarera, la patata, las frambuesas y las fresas. En los países del Sahel se utilizaba en diversos vegetales, frutas y otros cultivos, así como en los bosques. En cuanto al carbosulfán, este se utilizaba en el maíz, la remolacha azucarera, los cítricos y el algodón. El examen de estos dos plaguicidas realizado por el CEPQ fue motivado por las notificaciones presentadas por la Unión Europea y siete países del Sahel, y en el caso del carbofurano, también por Canadá. Estos países convinieron en que los riesgos que estos dos plaguicidas causan a la salud humana y al medio ambiente eran inaceptables y por ende los prohibieron.
CA: Y ¿qué significa para las Partes en términos de obligaciones el hecho de que estos dos productos químicos estén incluidos en el anexo?
YZ: Los productos químicos incluidos en el anexo III del Convenio están sujetos al procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo o CFP. El procedimiento CFP es un mecanismo para obtener y difundir las decisiones de las Partes importadoras sobre la importación de los productos químicos incluidos en el anexo III y para garantizar que las Partes exportadoras cumplan dichas decisiones.
Cada producto químico incluido en el anexo III cuenta con un documento de orientación para la toma de decisiones (DOD) que se ha puesto a disposición de todas las Partes. Los documentos de orientación para la toma de decisiones tienen como propósito ayudar a los gobiernos a evaluar los riesgos asociados al manejo y uso de cada producto químico y a tomar decisiones más fundamentadas sobre la futura importación y utilización del producto químico, teniendo en cuenta las condiciones locales.
En el caso de cada producto químico incluido en el anexo III, todas las Partes tienen que tomar la decisión de si van a permitir o no su importación en el futuro, y enviar dicha decisión (respuesta sobre la importación) a la Secretaría. Cada seis meses la Secretaría publica las respuestas sobre la importación en la Circular CFP. Las Partes exportadoras tienen que garantizar que las exportaciones de los productos químicos incluidos en el anexo III no contravengan la decisión de cada Parte importadora. Las Partes exportadoras garantizan que las respuestas sobre la importación publicadas en la Circular CFP sean notificadas inmediatamente a sus exportadores, a la industria y a las demás autoridades pertinentes.
CA: Muy bien. Volviendo al CEPQ, ¿existe aún "chance" de proponer otras decisiones antes de la celebración de la Conferencia de las Partes?
YZ: Sí, el CEPQ se volverá a reunir en septiembre de 2016 para examinar los productos químicos propuestos y para proponer decisiones sobre otras inclusiones si cumplen los criterios establecidos en el Convenio. Para ello, las Partes en el Convenio tienen que presentar notificaciones de medidas reglamentarias firmes sobre productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos. De hecho, se exhorta a los países en desarrollo y a los países con economías en transición a que presenten propuestas sobre las formulaciones plaguicidas que causan problemas para la salud humana o al medio ambiente en las condiciones de uso en sus países. El CEPQ espera que las Partes presenten sus propuestas en tiempo.
CA: ¿Qué trabajo se está realizando en el tiempo que aún queda?
YZ: Se está trabajando mucho desde ahora. Para cada uno de los productos químicos incluidos en el anexo III, el CEPQ elabora un documento de orientación para la toma de decisiones con vistas a ayudar a los gobiernos a tomar decisiones fundamentadas sobre las futuras importaciones de esos productos químicos. De conformidad con lo que se decidió en la actual reunión, el CEPQ comenzó inmediatamente a elaborar el DOTD para el carbofurano y el carbosulfán, el cual se concluirá en su próxima reunión y se presentará a la Conferencia de las Partes junto con las recomendaciones del CEPQ de incluir estos plaguicidas en el anexo III. Con vistas a hacer más eficiente su trabajo, dos meses antes de la verdadera reunión, el CEPQ comenzará el examen preliminar de la información que presenten las Partes, la cual con frecuencia es voluminosa. El mandato de los miembros del Comité es de cuatro años. En mayo de 2016, aproximadamente la mitad de los miembros actuales del Comité serán sustituidos por nuevos miembros. En vista de la próxima reunión del CEPQ en septiembre de 2016 y de la importante entrega que se demanda de los miembros para el trabajo entre las reuniones, es importante capacitar a los nuevos miembros y aportarles las herramientas apropiadas. En abril de 2016 se va a organizar un taller de orientación para familiarizar a los miembros con la función y el mandato del CEPQ, así como con sus procedimientos operacionales y su orientación en cuanto a las políticas. El taller servirá de plataforma para el intercambio de experiencias, la transmisión de conocimientos y el fomento de relaciones de trabajo eficientes entre los miembros del Comité. La Secretaría apoya al CEPQ en la realización de todas estas actividades. Ciertamente es muy reconfortante trabajar con un Comité tan competente y dedicado.
CA: Por último, el Convenio es administrado conjuntamente por la FAO en Roma y el PNUMA en Ginebra. ¿Puede decir algo con respecto a esta responsabilidad compartida y a cómo funciona en la práctica?
YZ: Sí, el equipo que apoya al CEPQ está formado por personal de ambas partes de la Secretaría que trabaja en estrecha colaboración. Se elabora conjuntamente un plan de trabajo que define claramente las responsabilidades de cada miembro del equipo y que nos ayuda a notificar y monitorear el avance del trabajo. Con respecto a la asistencia técnica al Comité, los colegas de la FAO se están encargando de los plaguicidas, mientras que los colegas del PNUMA se ocupan de los productos químicos industriales. Como la reunión se celebró en la sede de la FAO, también recibimos apoyo logístico de las correspondientes divisiones de la organización.
CA: Muchas gracias por dedicarnos su tiempo y le deseamos mucha suerte en esta importante labor.
YZ: Muchas gracias.