Productos químicos en espera de una notificación de medida reglamentaria firme equivalente proveniente de otra región CFP

La Secretaría desea señalar a la atención que se han recibido más de 200 notificaciones de medidas reglamentarias firmes para productos químicos que todavía no figuran en el Anexo III y se ha comprobado que reúnen los requisitos de información contenida del Anexo I del Convenio.

Para cualquiera de estos productos químicos que se consideraron para su inclusión en el anexo III y el procedimiento de CFP, se necesita otra notificación para el mismo producto químico de otro país en otra región del CFP que cumpla con los requisitos del anexo I del Convenio.

Se alienta a las AND a que den prioridad a la presentación de notificaciones de medidas reglamentarias firmes que han sido adoptadas para prohibir o restringir rigurosamente para cualquiera de estos productos químicos, junto con otros productos químicos que han sido prohibidos o rigurosamente restringidos para proteger la salud humana o el medio ambiente.

Beneficios de notificación

Las Notificaciones constituyen una importante fuente de información sobre los productos químicos para todas las Partes. Los resúmenes de las notificaciones se publicarán en la Circular CFP y en el sitio web del Convenio para informar a las Partes de las medidas nacionales adoptadas sobre un producto químico para proteger la salud o el medio ambiente. Se alertó a las Partes de los riesgos potenciales asociados con un producto químico y si pueden, por ejemplo, examinar si las medidas de gestión del riesgo son necesarias para tomar medidas en sus propios territorios. En última instancia, si el producto químico se añade al procedimiento de CFP, las Partes podrán tomar decisiones informadas sobre si se permite su importación.

Preparación

El artículo 5 del Convenio establece los procedimientos para las notificaciones de medidas reglamentarias firmes. En virtud del artículo 5, cualquier Parte que haya adoptado una medida reglamentaria firme debe notificar a la Secretaría por escrito. Las notificaciones que se presenten deben contener, cuando sea posible, los requisitos de información establecidos en el anexo I del Convenio. Sin embargo, la disponibilidad de la información en el anexo I no debe impedir a una Parte la presentación de una notificación y el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del artículo 5.

Para facilitar la presentación de notificaciones, se encuentra disponible un formulario para la notificación de la medida reglamentaria firme.

En la preparación de una notificación de una medida reglamentaria firme, la AND podrá recurrir a los conocimientos técnicos de cualquier fuente pertinente. La AND podría comunicarse con el registrador de plaguicidas, los comités nacionales de registro, o cualesquiera de las otras autoridades competentes implicadas en la gestión de productos químicos a nivel nacional o regional.

Se recuerda a las Partes sobre las siguientes fuentes de información referente a los productos químicos y la gestión de productos químicos que están disponibles y que proporcionan información para evaluar el uso de productos químicos bajo las condiciones nacionales.

Guía

Está disponible una publicación que brinda a las AND la orientación para completar el formulario para la notificación de la medida reglamentaria firme. Esta publicación comprende explicaciones sobre las distintas secciones del formulario y resume la información solicitada, lo que permite a la AND presentar más fácilmente las notificaciones.

Las notificaciones presentadas por las Partes, que también puede ser útil consultar en la preparación de las notificaciones, se pueden ver aquí: Base de datos de las notificaciones de medidas reglamentarias firmes.

La Secretaría está dispuesta a prestar asistencia a las autoridades nacionales designadas en la realización y presentación de notificaciones. La Secretaría puede proporcionar información sobre el Convenio, los formularios, las experiencias del Comité de Examen de Productos Químicos, y otros aspectos relativos a las notificaciones, incluyendo la asistencia para poner en contacto las AND con otras fuentes de información o conocimientos.

Se alienta también a las AND a que se comuniquen con sus colegas de países vecinos y que son Partes en el Convenio y a que brinden ayuda en la ejecución y en la cumplimentación de presentaciones.

Para más información sobre la preparación de las notificaciones, por favor póngase en contacto con la Secretaría:

Plaguicidas: Sr. Aleksandar Mihajlovski (Aleksandar.Mihajlovski@fao.org).

Productos químicos industriales: Sr. Suman Sharma (Suman.Sharma@brsmeas.org).