De conformidad con el párrafo 26 del Anexo VII del Convenio de Rotterdam, el Comité de Cumplimiento debe presentar un informe a cada reunión ordinaria de la Conferencia de las Partes que refleje, entre otras cosas, el futuro programa de trabajo del Comité, para su examen y aprobación por la Conferencia de las Partes.
Mediante la decisión RC-11/5 , la Conferencia de las Partes solicitó al Comité :
- Consultar a las Partes, antes de la 12ª reunión de la Conferencia de las Partes, sobre un proyecto de programa de trabajo para el bienio 2026-2027 ;
- Informar a la Conferencia de las Partes en su 12ª reunión sobre la labor realizada para cumplir sus funciones, de conformidad con el párrafo 26 del Anexo VII del Convenio de Rotterdam.
En la sesión en línea de su segunda reunión (30 de septiembre de 2024), el Comité de Cumplimiento del Convenio de Rotterdam acordó su proyecto de programa de trabajo para el bienio 2026-2027, que se distribuyó a todas las Partes el 19 de diciembre de 2024, con una invitación a presentar comentarios antes del 14 de marzo de 2024.
La información recibida de las Partes en respuesta a esta comunicación de la Secretaría está disponible a continuación.